Las ayudas pueden alcanzar los 6.010 euros por beneficiario e incluyen compensaciones de hasta 145,51 euros por hectárea de regadío, 55,32 euros por hectárea de secano y 12 euros adicionales por hectárea para el gasóleo agrícola.
La Xunta de Galicia ha establecido un procedimiento de concesión directa de 3.652.583,30 euros en ayudas extraordinarias para las explotaciones agrarias afectadas por el encarecimiento de los fertilizantes y del gasóleo agrícola como consecuencia de la crisis en Oriente Próximo.
La resolución de 27 de octubre de 2026 establece las condiciones para acceder a estas compensaciones, que buscan aliviar el aumento de los costes de producción y contribuir a mantener la viabilidad económica de las explotaciones agrícolas y ganaderas gallegas.
La financiación combina 1.652.583,30 euros procedentes de fondos europeos agrícolas y otros dos millones de euros aportados por la comunidad autónoma. La ayuda se dirige a las personas y entidades que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
¿Cuánto dinero puede recibir cada explotación agraria?
La cuantía se calcula teniendo en cuenta la superficie agraria útil de secano y de regadío declarada en la solicitud de la PAC de 2026. No se computan las superficies correspondientes a pastos temporales y permanentes.
Los importes de referencia establecidos son los siguientes:
| Concepto subvencionable | Importe |
|---|---|
| Fertilizantes en tierras de secano | 55,32 €/ha |
| Fertilizantes en tierras de regadío | 145,51 €/ha |
| Sobrecoste del gasóleo agrícola | 12 €/ha |
| Ayuda mínima por beneficiario | 100 € |
| Ayuda máxima por beneficiario | 6.010 € |
Las cantidades son importes de referencia para calcular la ayuda, no una garantía de cobro de esas cantidades por cada hectárea en todos los casos. El importe final dependerá de la superficie computable, de las condiciones de la resolución, de las ayudas recibidas para los mismos costes y de la disponibilidad presupuestaria.
Si la suma de las ayudas individuales calculadas supera el presupuesto disponible, los importes podrán reducirse proporcionalmente. Tampoco se concederán ayudas cuyo importe total resulte inferior a 100 euros.
Quién puede solicitar las ayudas de la Xunta
Podrán beneficiarse las personas físicas, las sociedades y determinadas entidades que sean titulares de explotaciones agrarias situadas total o parcialmente en Galicia, ejerzan efectivamente la actividad agraria y hayan presentado en la comunidad la solicitud única de la PAC correspondiente a 2026.
En el caso de las personas físicas, se exige estar dadas de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA), con una actividad relacionada con el sector agroalimentario, con incorporación o no al sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios (SETA).
Además, los ingresos procedentes de la actividad agraria deben representar, como mínimo, el 25 % de los ingresos totales del ejercicio 2025.
Las sociedades con personalidad jurídica y objeto mercantil no tienen que cumplir el requisito de alta en el RETA o en el SETA, pero sí deben acreditar que al menos el 25 % de sus ingresos totales de 2025 proceden de actividades agrícolas y ganaderas.
También existen condiciones específicas para comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica. Las cooperativas agroalimentarias, las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, determinadas cooperativas de trabajo asociado agropecuario y las explotaciones de titularidad compartida inscritas en el registro correspondiente están exceptuadas de los requisitos de alta y proporción mínima de ingresos agrarios, siempre que cumplan las condiciones previstas.
Los nuevos agricultores tienen condiciones específicas
La resolución contempla un tratamiento particular para quienes se incorporaron a la actividad agraria en las campañas de 2025 o 2026.
En estos casos no se exige alcanzar el porcentaje mínimo de ingresos agrarios del 25 %. Para determinar si se trata de una nueva incorporación, se tiene en cuenta que la persona o entidad no haya sido titular de una solicitud única en ninguna de las cinco campañas inmediatamente anteriores.
Se mantienen, no obstante, los requisitos de alta en la Seguridad Social que correspondan a cada tipo de beneficiario. En las sociedades mercantiles no se exige el alta en el RETA o en el SETA.
Cómo saber si una explotación está entre las beneficiarias
La relación provisional de beneficiarios y los importes que corresponden a cada uno estarán disponibles en la web del Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga).
La Administración comprobará de oficio buena parte de los requisitos mediante los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y los registros de la PAC de 2026.
Las personas interesadas deberán revisar la relación provisional y comprobar la cuantía que figura para su explotación, diferenciada entre la compensación por fertilizantes y la correspondiente al gasóleo agrícola.
La relación provisional no equivale todavía a una concesión definitiva.
Plazo de diez días hábiles para aceptar la ayuda
Uno de los aspectos fundamentales de la convocatoria es el plazo para comunicar la aceptación: diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia (DOG).
La aceptación debe presentarse obligatoriamente por vía electrónica, a través del formulario normalizado del anexo I disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Para completar el trámite es necesario identificarse mediante certificado digital o Chave365, comprobar los datos que aparecen en el formulario y confirmar el importe aceptado por los conceptos subvencionables.
Cuando proceda, deberá aportarse también la documentación que acredite la representación de la persona o entidad interesada.
La aceptación implica comprometerse a aportar, si el Fogga lo solicita, las facturas u otros documentos justificativos de la compra de fertilizantes y gasóleo agrícola correspondientes al periodo iniciado el 1 de marzo de 2026 y destinados a su utilización durante 2026.
Cuándo se pagarán las ayudas agrarias
La resolución establece un plazo máximo de dos meses para resolver y notificar, contado desde el día siguiente al de la publicación de la resolución provisional en el DOG. Si transcurre ese plazo sin resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimada su comunicación, en los términos previstos en la convocatoria.
El pago se realizará en la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria en la solicitud única de la PAC de 2026.
La ayuda es compatible con otras subvenciones para el mismo objeto siempre que no se supere el 100 % del coste subvencionado. En particular, se descontarán o tendrán en cuenta las compensaciones estatales recibidas por el sobrecoste de los fertilizantes para evitar que se cobre por encima de las pérdidas económicas calculadas.
Con esta medida, la Xunta busca aliviar la presión sobre las explotaciones agrarias gallegas en un contexto de aumento de los costes de producción y contribuir a evitar que las dificultades económicas pongan en riesgo la continuidad de la actividad en el medio rural.










