El Tribunal Supremo rechaza el recurso del Gobierno y mantiene la suspensión cautelar del derecho al voto de los afectados por una de las vías de nacionalización de la ley de nietos. La decisión llega a menos de siete semanas de las elecciones generales del 29 de noviembre.
El derecho al voto de miles de españoles residentes en el extranjero vuelve al centro del debate político y judicial. El Tribunal Supremo ha decidido mantener la suspensión cautelar que impide participar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre a determinados ciudadanos nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado el recurso presentado por la Abogacía del Estado, que solicitaba levantar la medida para permitir que los afectados pudieran votar en los próximos comicios. La Fiscalía también había defendido que se reconsiderase la suspensión ante las dificultades para revisar el censo electoral antes de las elecciones.
Según las cifras aportadas por la Abogacía del Estado, la medida afecta a 163.020 personas. El alcance de la resolución ha generado una nueva controversia sobre el derecho de sufragio, la revisión de las inscripciones electorales y las garantías que deben regir el proceso.
¿Por qué el Tribunal Supremo mantiene suspendido el voto?
El origen del conflicto está en la aplicación de la llamada ley de nietos, vinculada a la Ley de Memoria Democrática, que ha permitido a descendientes de españoles emigrados o exiliados obtener la nacionalidad española.
La suspensión judicial no cuestiona de forma general la nacionalidad concedida a través de esta legislación. El debate se centra en una vía concreta de tramitación y en la necesidad de comprobar si determinadas inscripciones en el censo electoral se ajustan a los requisitos establecidos.
El alto tribunal considera que debe protegerse la regularidad del censo electoral. Por ese motivo, ha rechazado levantar la medida cautelar, pese a los argumentos del Gobierno y de la Fiscalía sobre las dificultades materiales para revisar los expedientes antes del 29-N.
La resolución incluye un voto particular discrepante de una de las magistradas de la Sala.
Los afectados disponen de cinco días para presentar alegaciones
La decisión judicial incorpora un nuevo plazo para que los afectados puedan presentar alegaciones. El Supremo ha concedido cinco días para que defiendan su situación, un trámite especialmente relevante ante la proximidad de las elecciones generales.
La controversia no termina con esta resolución. El Gobierno estudiará si puede recurrir ante el Tribunal Constitucional, mientras que los afectados pueden tratar de defender individualmente su derecho a participar en los comicios.
El calendario electoral añade presión al procedimiento: las reclamaciones relacionadas con el censo deben tramitarse antes de que quede definitivamente cerrado.
Galicia, pendiente del voto de sus emigrantes en el extranjero
La decisión también tiene interés para Galicia, una comunidad con una amplia diáspora y un importante número de electores inscritos fuera de España.
Según los datos publicados sobre el censo para las elecciones del 29 de noviembre, Galicia cuenta con más de medio millón de electores residentes en el extranjero. Esa cifra ayuda a entender la relevancia que tienen para la comunidad los procedimientos relacionados con la nacionalidad, la inscripción electoral y el voto exterior.
No todos esos electores están afectados por la suspensión del Supremo. La medida se refiere a un grupo específico de ciudadanos nacionalizados mediante la vía cuestionada judicialmente, por lo que no debe confundirse con una prohibición general del voto de los españoles residentes fuera del país.
La resolución abre así un nuevo capítulo en una controversia que combina memoria histórica, nacionalidad, garantías electorales y derechos políticos a pocas semanas de una cita decisiva con las urnas.
La cuestión ahora es si los recursos y las alegaciones podrán modificar la situación antes del 29-N o si los afectados tendrán que esperar a que avance el procedimiento judicial para recuperar la posibilidad de votar.









