La reforma del Reglamento General de Circulación entró en vigor el 1 de octubre de 2026 con nuevas obligaciones para motoristas, ciclistas y usuarios de patinetes eléctricos. También modifica las normas para adelantar a bicicletas, introduce cambios en determinadas calles urbanas y regula cómo deben actuar los vehículos cuando hay retenciones.
Los conductores españoles tienen que adaptarse a nuevas normas de circulación. Desde el 1 de octubre, la reforma del Reglamento General de Circulación refuerza la protección de los usuarios más vulnerables de la vía y establece nuevas obligaciones para distintos medios de transporte.
Los cambios afectan a quienes conducen coches, motocicletas y ciclomotores, pero también a ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal y profesionales del reparto. No todas las medidas tienen, sin embargo, la misma fecha de aplicación: algunas obligaciones relacionadas con los patinetes y los cascos de ciclomotor no serán exigibles hasta octubre de 2027.
Qué cambia para los conductores de coches
Una de las novedades afecta a los adelantamientos a ciclistas en vías interurbanas. Los conductores deberán reducir la velocidad al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía, mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y cambiar completamente de carril cuando la calzada tenga más de un carril por sentido.
La reforma también establece una distancia mínima de cinco metros entre los vehículos a motor y los ciclistas que circulen delante por el mismo carril en vías urbanas.
Otro cambio afecta a los semáforos: como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde para los peatones. La normativa contempla excepciones justificadas mediante un informe técnico municipal.
Además, cuando una retención obligue a los vehículos a circular muy despacio o a detenerse, deberán apartarse para dejar libre un espacio central que permita el paso de la Policía y de los servicios de emergencia.
Los motoristas tendrán nuevas obligaciones
Los conductores de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar calzado cerrado en todo tipo de vías y guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.
La normativa también permite que las motocicletas utilicen el arcén derecho en situaciones de congestión, pero bajo condiciones concretas: el tramo debe estar autorizado y señalizado, y la velocidad no podrá superar los 30 kilómetros por hora. No se trata de un permiso general para circular por el arcén en cualquier atasco.
En el caso de los usuarios de ciclomotores, la obligación de utilizar un casco homologado, y no simplemente certificado, comenzará el 1 de octubre de 2027.
La DGT también ha aclarado que las infracciones relacionadas con el calzado cerrado y los guantes no conllevan retirada de puntos. En el caso de los guantes, sus especificaciones técnicas específicas quedan pendientes de la correspondiente regulación ministerial.
Qué deben saber quienes utilizan patinetes eléctricos
La reforma fija en 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal y establece el uso obligatorio del casco de protección.
También obliga a utilizar chaleco reflectante durante la noche o cuando las condiciones de visibilidad sean reducidas. Fuera de los núcleos urbanos, los patinetes podrán circular por vías segregadas del tráfico a motor, como carriles bici, salvo que exista una prohibición señalizada.
Hay una fecha importante que conviene recordar: el alumbrado obligatorio durante todo el día, también de día, será exigible a partir del 1 de octubre de 2027.
Los usuarios deben tener en cuenta, además, las restricciones de circulación que ya se aplican a estos vehículos y las ordenanzas municipales correspondientes.
Los ciclistas también tendrán que adaptarse
Desde el 1 de octubre, el casco es obligatorio para los ciclistas en vías interurbanas sin las exenciones que existían anteriormente. Los profesionales que utilizan bicicletas para trabajar también deben llevar casco en vías urbanas y travesías.
En ciudad, los ciclistas deberán circular preferentemente por el centro del carril. La reforma permite, asimismo, circular en ambos sentidos por determinadas calles de un único carril con velocidad máxima de 30 kilómetros por hora cuando la señalización lo autorice.
Para quienes conducen coches, la consecuencia práctica es clara: adelantar a una bicicleta exige respetar las nuevas condiciones de velocidad, distancia y ocupación del carril.
Desde cuándo se aplican las nuevas normas de la DGT
La reforma, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, entró en vigor el 1 de octubre de 2026. No obstante, dos de las novedades tienen un calendario posterior.
- Desde el 1 de octubre de 2026: nuevas obligaciones para motoristas, ciclistas y usuarios de patinetes, además de cambios en adelantamientos y circulación urbana.
- Desde el 1 de octubre de 2027: alumbrado obligatorio durante todo el día para los vehículos de movilidad personal y casco homologado para los usuarios de ciclomotores.
- Pendiente de regulación técnica: las especificaciones concretas de los guantes de protección para motoristas.
Antes de aplicar una sanción o dar por exigible una obligación concreta, es importante comprobar el artículo correspondiente y sus disposiciones transitorias. La entrada en vigor de la reforma no significa que todas las medidas tengan idéntico calendario.
Qué deben revisar ahora los conductores
La recomendación es comprobar el equipamiento obligatorio del vehículo, prestar especial atención a las nuevas reglas para adelantar a ciclistas y recordar que el uso del arcén por las motocicletas solo está permitido en los supuestos señalizados.
La reforma busca reducir los riesgos para peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes. Para quienes conducen a diario, conocer los cambios es importante tanto para circular con seguridad como para evitar incumplimientos.










