La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, absuelve a acusada de haber estafado a un hombre al que cuidaba. La sala destaca que el afectado, tras ser diagnosticado de deterioro cognitivo, había manifestado su voluntad de que la acusada lo cuidara y que, a cambio, le dejara su herencia.
La acusación sostenía que la sospechosa había aprovechado la incapacidad del perjudicado para obtener beneficios patrimoniales. Sin embargo, el tribunal concluye que no existe prueba suficiente de que lo hubiera engañado o influido de manera fraudulenta en su voluntad, pues entiende que el afectado actuó con conocimiento de causa, pues había sido asesorado adecuadamente en los actos jurídicos realizados. Por lo tanto, determina que no se ha probado la existencia de los delitos imputados.
“No está probado que al realizar dichos actos y en esos concretos momentos careciera de capacidad para comprender de forma suficiente el significado de lo que hacía o que hubiera sido engañado sobre el contenido de aquellos”, subrayan los magistrados.
La sentencia es susceptible de recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSXG.













